REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veintidós (2022)
212° y 163°
ASUNTO: WP11-L-2022-000165
DEMANDANTE: YESSICA CARBALLO, YORDY FERNANDEZ, JESUS SANCHEZ, NESTOR PIÑANGO, ARGELIS OLIVIER, YONATHAN PEÑA, EDWIN RODRIGUEZ, PEDRO ESCOBAR, JUNIOR SALAS, YOSELIS RODRIGUEZ, OMAR ORONO, YEFERZON MACHADO, OCTAVIO MARTIN y ANGI MARTINEZ, Venezolano, titulares de las cédulas de identidad Nrs V- 17.483484, 18.324.816, 18.324.406, 17.711.250, 22.278.559, 16.105.054, 27.012.125, 6.482.609, 17.959.881, 27.463.375, 25.230.734, 24806.233, 12.165.540 y 18.141.105, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: ROOMER ROJAS y MARIA ADOCHILES, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogados bajo el Nrs°: 51.438 y 263.296, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “SALVA FOODS 2015 C.A y SALVA LOGISTICS, “
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LANDAETA WILFREDO abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 286.367
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veintidós (2022), siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), oportunidad para la cual está pautada el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR PRIMIGENIA, dejando constancia de la asistencia de los Profesionales del derecho, por la parte actora ADOCHILES MARIA y ROJAS ROOMER y por la parte Demandada WILFREDO LANDAETA, en la cual hace entrega de poderes en copia simple presentando originales a os fines d la certificación por Secretaría. En este sentido, la Juez en la verificación de los Poderes de los demandantes, deja constancia que no consta en el expediente, PODER alguno ni compareció a la presente audiencia, en el cual se pueda comprobar la representación judicial en el presente juicio los ciudadanos: YOSELIS DEL CARMEN RODRIGUEZ y YERFERZON EDUARDO MACHADO, titular de la cedula de identidad N°; V-27.463.375 y 24.806.233, respectivamente, en consecuencia, este Tribunal, DECLARA EL DESISTIMIENTO en el presente procedimiento a los ciudadanos; CARMEN RODRIGUEZ y YERFERZON EDUARDO MACHADO y en cuanto a los ciudadanos; YESSICA CARBALLO, YORDY FERNANDEZ, JESUS SANCHEZ, NESTOR PIÑANGO, ARGELIS OLIVIER, YONATHAN PEÑA, EDWIN RODRIGUEZ, PEDRO ESCOBAR, JUNIOR SALAS, OMAR ORONO, OCTAVIO MARTIN y ANGI MARTINEZ, continua el presente procedimiento. ASI SE DECIDE. Ahora bien, la Juez da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR PRIMIGENIA, pasa a escuchar los alegatos de las partes y en vista que se encuentran en conversaciones extrajudiciales a los fines de llegar a un acuerdo, conjuntamente con la juez consideran necesario la prolongación de la presente audiencia para el día LUNES VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDÓS (2022), A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, fecha para la cual se realizará la próxima audiencia a los fines de llevar a cabo la resolución del conflicto a través de la mediación, de igual manera cada una de las partes asumen la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Igualmente, se deja constancia de la entrega del escrito de pruebas por parte de la parte actora constante de cuatro (04) folios útiles, sin anexos, asimismo, la parte demandada ya que es la oportunidad procesal, entrega escrito de pruebas, constante de ocho (08) folios útiles, asimismo, consigna anexos marcados con las letras A, B, C, D, E, F, G1, G2, G4, G5, G6, G7, G8, G9, G10’, G11, G12, G13, G15, G16, G17, G18, G19, G20, G21, ”, constante de treinta y cinco (35) folios útiles y su vueltos, para un total de cuarenta y tres (43) folios útiles y sus vueltos, las cuales quedan en resguardo de este Tribunal, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Abg. GABRIELA LUDEÑA VILORIA
Abg ADOCHILES MARIA y ROJAS ROOMER
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
Abg. LANDAETA WILFREDO,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
Abg. YULEIDY SALGADO
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