REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA

SOLICITUD: WP12-S-2022-000808
SOLICITANTE: LUIS ALFREDO BASTARDO PARRA.
ABOGADA ASISTENTE: GLADYS CASTILLO DE TUPANO, IPSA N° 40.346.
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano, LUIS ALFREDO BASTARDO PARRA, asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a el y a sus hijos, los ciudadanos VERONICA ALEJANDRA BASTARDO ZAMBRANO y SAMUEL ALEJANDRO BASTARDO ZAMBRANO, como Únicos y Universales Herederos, respecto a la de-cujus YARITZA PASTORA ZAMBRANO LISCANO, quien en vida fuera titular de la cédula de Identidad N° V-9.605.239, fallecida en fecha 28/04/2022, según Acta de Defunción N° 096, de fecha 28/04/2022, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante y sus hijos por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, LUIS ALFREDO BASTARDO PARRA, VERONICA ALEJANDRA BASTARDO ZAMBRANO y SAMUEL ALEJANDRO BASTARDO ZAMBRANO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.041.409, V-30.170.626 y V-30.170.629 respectivamente, respecto a la de-cujus YARITZA PASTORA ZAMBRANO LISCANO, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en Maiquetía, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022).-AÑOS. 212° de la Independencia y 164º de la Federación.-
LA JUEZ,
CECILIA M. HERRERA H
LA SECRETARIA,

MARY ANGIE MARIN GARCIA
En esta misma fecha, siendo las once y veinticinco de la mañana (11:25 a.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

MARY ANGIE MARIN GARCIA
CMHH/Mamg/Cecilia.-