JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 14 de abril de 2023.-
212° y 164°
Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencia presentada en fecha 04 de abril de 2023, personalmente por la abogada MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PÁEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.832, apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 22 de marzo de 2023, se admite a trámite el mismo por cuanto la cuantía de la presente demanda para la fecha en que fue presentada el 08 de julio de 2021, correspondía a (75.000,00 UT) unidades tributarias y para el día 20 de agosto de 2021 en que fue admitida la demanda, se debe estimar en la suma de a (75.000,00 UT) unidades tributarias, lo cual supera las 3.000 unidades tributarias requeridas para que contra la misma pueda ejercerse recurso de casación, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dada la fecha de la presentación de la demanda. Igualmente, verifica este juzgador que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, esto es: se trata de una sentencia definitiva; el recurrente tiene interés procesal porque le fue adverso lo decidido; y, finalmente, por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 04 de abril de 2023. Se deja expresa constancia que el día 13 de abril de 2023, vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación y hoy 14 de abril de 2023, se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original, el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de: marzo a diciembre del año 2022, enero a abril del año 2023. Practíquese lo ordenado. Se insta a la parte recurrente aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N° 078.

La Juez,

Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz.- La Secretaria Temporal,

Abg. Greisy Yosifee Vera Manjarrez.-
Exp. 7888
GYVM