REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, DOCE (12) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS (2023).-

212° Y 164°
Visto el contenido del acto realizado por los ciudadanos: MICHELY GABRIELA VIVAS HERNÁNDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.931.517 y JAIRO MERARDO ORTIZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.928.305, asistido por la Abogada Iris Contreras de Aguilar inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.010. Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Visto lo solicitado por la ciudadana: MICHELY GABRIELA VIVAS HERNÁNDEZ, el ciudadano: JAIRO MERARDO ORTIZ manifestó su conformidad en aumentar la Cuota de Obligación de Manutención, en la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) mensuales, los cuales seguirá depositando en la cuenta de la Señora Michely.
SEGUNDO: Así mismo el ciudadano: JAIRO MERARDO ORTIZ, se compromete a pagar el mismo monto por cuotas extraordinarias los meses de Septiembre y Diciembre.
TERCERO: El ciudadano: JAIRO MERARDO ORTIZ, solicita se mantenga el Régimen de convivencia, en cuanto a que pueda compartir con mi hija, los fines de semana cada 15 dias e incluso llevarla a su residencia ubicada en Ureña.
CUARTO: El ciudadano JAIRO MERARDO ORTIZ, se compromete a cubrir el cincuenta (50%) de los gastos extras que se pudieran ocasionar, siempre y cuando hayan soportes de os mismos (facturas, informes médicos, ordenes medicas, récipes, etc.)
QUINTO: El ciudadano JAIRO MERARDO ORTIZ, se compromete a buscar las colaboraciones que sean necesarias, a fin de poder realizarle los estudios necesarios a su hiija
SEXTO: La ciudadana: MICHELY GABRIELA VIVAS HERNÁNDEZ, manifestó no estar de acuerdo con la cantidad ofertada; sin embargo, la acepto. En cuanto al Régimen de convivencia, le pide al Señor JAIRO MERARDO ORTIZ, este en contacto con la niña, para que haya mejor comunicación entre ellos y una vez él la busque puedan tener una buena relación.
SEPTIMO: Líbrese Boleta de Notificación al Fiscal de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, Doce (12) de Abril de Dos mil Veintitrés (2023).-


ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
JUEZ SUPLENTE





ABG. YSLEY Y. GALVIZ P.
SECRETARIA