REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, dieciocho (18) de Abril de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
ASUNTO: WP12-S-2023-000417
SOLICITANTE: FRANCISCO VICENTE DIAZ LINARES.
APODERADO JUDICIAL: CARLOS JAVIER MACIAS TORREALBA, IPSA N°266.329.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud formulada por el ciudadano FRANCISCO VICENTE DIAZ LINARES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-8.351.248, asistido de abogado, mediante la cual solicito se les declare a él y a sus hijos EDWAR ENRIQUE DIAZ OLLARVES, LUIS RAFAEL DIAZ OLLARVES Y JOSE VICENTE DIAZ OLLARVES, Únicos y Universales Herederos respecto a la De-Cujus ANA ELYS OLLARVES GARCES, ex titular de la identidad N° V-6.920.205, fallecida el 05 de Marzo de 2023,según acta de defunción N°089 de fecha 06 de Marzo de 2023, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos FRANCISCO VICENTE DIAZ LINARES, EDWAR ENRIQUE DIAZ OLLARVES, LUIS RAFAEL DIAZ OLLARVES Y JOSE VICENTE DIAZ OLLARVES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.351.248, V-15.836.023, V-17.154.554 y V-20.007.973, respectivamente en su orden; respecto a la De-Cujus ANA ELYS OLLARVES GARCES, ex titular de la identidad N° V-6.920.205, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los Dieciocho (18) días del mes de Abril del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la independencia y 164° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las once antes meridiem (11:00 A.M) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
MG/NU
|