REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 164º
ASUNTO: WP12-S-2023-000414
SOLICITANTE: OSCARIS CAROLINA MORALES VARGAS.
ABOGADA ASISTENTE: ANA YUBERQUI ROMERO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 151.577.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana OSCARIS CAROLINA MORALES VARGAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro° V-24.182.934, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare a ella y a su hermana EUCARYS DANIELA MORALES VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.856.105, Únicos y Universales Herederos con respecto al De-cujus OSCAR JAVIER MORALES LOPEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V-9.994.597, fallecido el 27 de Febrero de 2023, en la parroquia La Guaira, Estado La Guaira, según acta N° 077, de fecha 28/02/2023, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil del Poder Electoral, Unidad de Registro Civil de La Parroquia La Guaira, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanos OSCARIS CAROLINA MORALES VARGAS y EUCARYS DANIELA MORALESVARGAS, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-; 24.182.934 y V- 26.856.105, respectivamente, respecto al De-Cujus OSCAR JAVIER MORALES LOPEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V-9.994.597, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los Diecisiete (17) días del mes de Abril del año dos mil veintitrés (2023).
EL JUEZ,
CARLOS ALBERTO VALERO GARCIA.
LA SECRETARIA.
ANDREA MARCANO.
En esta misma fecha, siendo las Nueve y treinta antes meridien (09:30am) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
ANDREA MARCANO.
CAVG/AM/DAYANA
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