JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 7 de diciembre de 2023.-
213° y 164°
Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencia presentada en fecha 30 de noviembre de 2023, personalmente por la abogada ZULMER ANTONIA COLINA DE RAMÍREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.267, apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 20 de noviembre de 2023, se admite a trámite el mismo por cuanto la cuantía de la presente demanda para la fecha en que fue presentada el 21 de marzo 2022, correspondía a (2.621.086,5 UT) unidades tributarias y para el día 25 de marzo de 2022 en que fue admitida la demanda, se debe estimar en la suma de (2.621.086,5 UT) unidades tributarias, lo cual supera las (15000 UT) unidades tributarias requeridas para que contra la misma pueda ejercerse recurso de casación, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dada la fecha de la presentación de la demanda. Igualmente, verifica esta juzgador que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, se trata de una sentencia definitiva; el recurrente tiene interés procesal porque le fue adverso lo decidido; y finalmente, por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 30 de noviembre de 2023. Se deja expresa constancia que el día 06 de diciembre de 2023 vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación y hoy 07 de diciembre de 2023 se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original, el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2023 Practíquese lo ordenado, Se insta a la parte recurrente aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N°250
La Juez,
Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz.-
La Secretaria temporal,
Abg. Greisy Yosifee Vera Manjarrez.
Exp
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