REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, martes diecinueve (19) de diciembre del dos mil veintitrés (2023)
Años de la Independencia 213º y 164º de la Federación
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ASUNTO: WP11-L-2023-000170
PARTE DEMANDANTE: SHEINER ISAAC GARCÍA MANTILLA; venezolano, titular de la cédula de identidad número: V- 26.968.197.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: SALVA FOODS 2015, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN TERESA BASTOS ÁVILA, DESIREE ACOSTA FLORES y FREDY GERARDO RIVAS CASTILLO abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 211.414, 143.029 y 141.021, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, martes diecinueve (19) de diciembre del dos mil veintitrés (2023), este Tribunal procede a realizar la presente sentencia a los fines de Homologar el Desistimiento del procedimiento en cuanto al ciudadano SHEINER ISAAC GARCÍA MANTILLA; venezolano, titular de la cédula de identidad número: V- 26.968.197, por cuanto en la oportunidad de la celebración de la audiencia preliminar (primigenia), quien suscribe, por omisión no dejó constancia que no compareció al referido acto, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en cuanto al ciudadano antes mencionado. Igualmente, se acuerda la notificación de la parte demandada, a los fines de notificarle de la presente decisión, conformidad con lo dispuesto en el Notifique a las partes del contenido de la presente decisión de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 11 de la LOPTRA. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,
Abg. MARBELYS BASTARDO
LA SECRETARIA
Abg. YUELIDY SALGADO
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