REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
212º y 163º

ASUNTO: WP12-S-2022-001335
SOLICITANTE: JOSE MAXIMILIANO GARCIA FARFAN.
ABOGADO ASISTENTE: JOSE DE JESUS HERRERA BOZZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.048.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por el ciudadano, JOSE MAXIMILIANO GARCIA FARFAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-7.991.442, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicita se le declare, Únicos y Universales Herederos respecto a la de-cujus MARITZA ISABEL SANDOVAL DE GARCIA, quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad N° V-5.016.634, fallecida el Veinticuatro (24) de Marzo de 2020, según acta de defunción Nro.374, folio N° 124, Tomo 2, de fecha veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil veinte (2020), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal los declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos JOSE MAXIMILIANO GARCIA FARFAN, titular de la cédula de identidad N° V-7.991.442, YORLENIS JOSEFINA GARCIA SANDOVAL, JOSTHON NAZARET GARCIA SANDOVAL y BETSABEE JOSEFINA GARCIA SANDOVAL, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-19.123.007, V-19.123.348 y V-19.123.008, respectivamente, respecto a la de-cujus MARITZA ISABEL SANDOVAL DE GARCIA, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-5.016.634, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo, se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los diecinueve (19) días del mes de Enero del año dos mil veintitrés (2023).
EL JUEZ,
ALEXANDER CASTILLO ARAUJO. LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA.
En esta misma fecha, siendo la una y veinte de la tarde (01:20 p.m.) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA.


ACA/EV/Dayana.