REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, SIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (07-02-2023).
212° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de cuarenta y dos (42) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos ANYELO GERARDO GONZALEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-27.462.051, domiciliado en Los Hornos, Municipio Michelena, Estado Táchira, y hábil en derecho, actuando en este acto con el carácter de COMPRADORES, por una parte y por la otra, el ciudadano GILBERT GERARDO GONZÁLEZ ROA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-9.346.443, domiciliado en el Municipio Michelena Estado Táchira; asistidos todos en este acto por la Abogada en Ejercicio MARÍA ALEJANDRA CONTRERAS MEDINA, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 309.549. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 23 de marzo de 2020, inserto en el folio número cuatro (04), consistente sobre la venta de: PRIMERO: un lote de terreno propio de labor, situado en Los Hornos, jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira, alinderado así: OCCIDENTE: Con terrenos de Juana del Carmen Roa Calderas de Gonzalez, mide cincuenta metros (50 mts); ORIENTE Y NORTE: Con terrenos de Rosa Vitalia Roa Calderas, mide treinta y cinco metros (35 mts) y treinta metros (30 mts) en su orden; y por el SUR: Terreno de Roberto Corredor y mide 25 metros, separado en sus vientos por mojones de piedras. Lo que aquí vendo es todo lo que adquirió mi representada de la siguiente manera: Una parte por gananciales y por herencia del causante RUFINO GONZALEZ CORREDOR, en el Numeral Tercero de la Planilla Sucesoral Nro. H-82-000001 de fecha 27 de abril de 1984 y Certificado de Liberación Nro. 53-A de fecha 12 de julio de 1999, se anexa marcado con la letra “B”, y a su vez por documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Ayacucho Estado Táchira bajo el Nro. 117, folios 176 al 177, Tomo II, Protocolo Primero de fecha 28 de junio de 1971, se anexa marcado con la letra “C”; y otra parte por documento protocolizado en la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira en fecha 13 de marzo de 2003, bajo el Nº 48, Tomo II, Protocolo Primero, Primer Trimestre, se anexa marcado con la letra “D”. SEGUNDO: un lote de terreno propio de labor, con cultivo de pasto y monte, ubicado en Los Barrancos, Aldea Los Hornos, Municipio Michelena, Estado Táchira; comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: PIE: Camino público, mide sesenta y ocho metros (68 mts); COSTADO DERECHO: Mide setenta y ocho metros, con predios de Isaías Arellano; CABECERA: Mide noventa y cuatro metros (94 mts), con predios de la sucesión Gonzalez Roa y de Aurora y Feliciana Gonzalez; y COSTADO IZQUIERDO: Mide setenta y dos metros (72 metros), con predios de José Simón González, separa sus vientos mojones de piedra. Lo que aquí vendo es todo lo que adquirió mi representada de la siguiente manera: Una parte por gananciales y por herencia del causante RUFINO GONZALEZ CORREDOR, en el Numeral Segundo de la Planilla Sucesoral Complementaria Nro. 0021351 de fecha 27 de enero de 1999 de la Planilla Sucesoral Nro. H-82-000001, de fecha 27 de abril de 1984 y Certificado de Liberación Nro. 53-A de fecha 12 de julio de 1999, y a su vez por documento autenticado en el Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera en fecha 22 de junio de 1961, bajo el Nro. 44 de los libros llevados por ese Juzgado, y posteriormente protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena Estado Táchira bajo el Nro. 40, folios 184 al 187, Tomo II, Protocolo Primero de fecha 28 de febrero de 2003, se anexa marcado con la letra “E”; y otra parte por documento protocolizado en la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira en fecha 10 de marzo de 2003, bajo el Nº 42, Tomo II, Protocolo Primero, Primer Trimestre. Traspasándole al ciudadano ANYELO GERARDO GONZALEZ CASTRO, titular de la cedula de identidad N° V-27.462.051, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto con el ciudadano GILBERT GERARDO GONZALEZ ROA, titular de la cedula de identidad Nº V-9.346.443; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas y huellas dactilares. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2611-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..
|