REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, Primero (01) de Febrero del año 2023
212° y 163°
ASUNTO: WP12-S-2023-000015
SOLICITANTE: JUPITER GONZALO BARRIOS PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.901.693.
ABOGADO ASISTENTE: BLANCA ROSALES, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.743.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JUPITER GONZALO BARRIOS PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.901.693, asistido de abogado, mediante la cual solicita se le declare a él y a los ciudadanos VENUS VESTALIA BARRIOS PÉREZ, LUNA YNCA BARRIOS PÉREZ y MARTE ALEXUM BARRIOS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nros V- 9.901.694, V-11.642.581 y V-11.642.582, respectivamente, Únicos y Universales Herederos respecto al De-cujus GONZALO BARRIOS PÉREZ, ex titular de la cédula de identidad N° V3.412.493, fallecido el veintinueve (29) de Julio del año dos mil veintiuno (2021), según acta de defunción N° 1259, de fecha treinta (30) de julio del año dos mil veintiuno (2021), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JUPITER GONZALO BARRIOS PÉREZ, VENUS VESTALIA BARRIOS PÉREZ, LUNA YNCA BARRIOS PÉREZ y MARTE ALEXUM BARRIOS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nros N° V-9.901.693, V- 9.901.694, V-11.642.581 y V-11.642.582, respectivamente, respecto al De-cujus GONZALO BARRIOS PÉREZ, ex titular de la cédula de identidad N° V3.412.493, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía al primer (01) día del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Años 212° de la independencia y 163° de federación.-
LA JUEZ
GLISMAR DELPINO
LA SECRETARIA
GÉNESIS CERVANTES
En esta misma fecha, siendo las once y cincuenta horas de la mañana (11:50 A.M) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA
GÉNESIS CERVANTES
GD/GC
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