REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (03-07-2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos ANDREINA ELIZABETH SANABRIA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.501.567, soltera, domiciliada en Lobatera, Municipio Lobatera del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra JOSELITO QUINTANA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.653.270, divorciado, domiciliado en San Cristóbal del Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 27 de junio de 2023, inserto en el folio número tres (03), consistente sobre la venta de una casa ubicada en la Urbanización Nueva Lobatera, Municipio Lobatera del Estado Táchira, distinguida con el Nº 04 de la Vereda 05, la cual se encuentra edificada sobre un lote de terreno propio que presenta un área de terreno y de construcción de CIENTO VEINTICUATRO METROS CON SETENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (124,74 m2), alinderado y medido así: NORTE: mide siete metros con setenta centímetros (7,70 m), con la vereda 05, que es el frente del lote, SUR: mide siete metros con setenta centímetros (7,70 m), con el lote 03 de la vereda 07, ESTE: mide dieciséis metros con veinte centímetros (16,20 m), con el lote 06 de la vereda 05; y OESTE: mide dieciséis metros con veinte centímetros (16,20 m), con el lote 02 de la vereda 05. Lo aquí descrito representa todo lo descrito en documento Inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, de fecha 28 de abril de 2016, bajo el Nº 2016.156, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº 435.18.7.1.1022 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2016. Traspasándole a la ciudadana ANDREINA ELIZABETH SANABRIA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-15.501.567, la plena propiedad, posesión y dominio de lo vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto al ciudadano JOSELITO QUINTANA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-5.653.270, reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2693-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..
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