REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, dos (02) de Junio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: WP12-S-2023-000484
SOLICITANTE: LISSET CRISTINA RADA RODRIGUEZ, ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE SUS HERMANOS OMAR AGUSTIN RADA RODRIGUEZ, LUIS EDGARDO RADA RODRIGUEZ, MIRTHA TERESA RADA RODRIGUEZ, TITO ARMANDO RADA RODRIGUEZ, NOHEMY YELITZA RADA RODRIGUEZ y MAYRA ALENDRA RADA RODRIGUEZ Y DE SUS SOBRINAS DESIREE DEL VALLE PEREIRA RADA y DUBRASCA DEL VALLE SANCHEZ RADA.
ABOGADA ASISTENTE: MARIAN HENRIQUEZ, IPSA N°170.971.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana LISSET CRISTINA RADA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.577.884, asistida de abogada, mediante la cual solicito se les declare a ella, a sus hermanos OMAR AGUSTIN RADA RODRIGUEZ, LUIS EDGARDO RADA RODRIGUEZ, MIRTHA TERESA RADA RODRIGUEZ, TITO ARMANDO RADA RODRIGUEZ, NOHEMY YELITZA RADA RODRIGUEZ y MAYRA ALENDRA RADA RODRIGUEZ y sus sobrinas DESIREE DEL VALLE PEREIRA RADA y DUBRASCA DEL VALLE SANCHEZ RADA, Únicos y Universales Herederos respecto a la De-Cujus JUANA DE JESUS RODRIGUEZ DE RADA, ex titular de la identidad N° V-1.737.122, fallecida el tres (03) de Enero de 2023,según acta de defunción N°002, Folio 002, Tomo 1 de fecha 04 de Enero de 2023, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LISSET CRISTINA RADA RODRIGUEZ, OMAR AGUSTIN RADA RODRIGUEZ, LUIS EDGARDO RADA RODRIGUEZ, MIRTHA TERESA RADA RODRIGUEZ, TITO ARMANDO RADA RODRIGUEZ, NOHEMY YELITZA RADA RODRIGUEZ y MAYRA ALENDRA RADA RODRIGUEZ y sus sobrinas DESIREE DEL VALLE PEREIRA RADA y DUBRASCA DEL VALLE SANCHEZ RADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.577.884, V-8.178.943, 11.643.152, V-10.583.235, V-8.178.942, V-13.042.582, V-14.313.789, V-24.178.468 y V-27.487.151 respectivamente en su orden; respecto a la De-Cujus JUANA DE JESUS RODRIGUEZ DE RADA, ex titular de la identidad N° V-1.737.122, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los dos (02) días del mes de Junio del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la independencia y 164° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las nueve y treinta antes meridiem (09:30 A.M) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.