REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, trece (13) de Marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
ASUNTO: WP12-S-2023-000129
SOLICITANTE: JAIME BERNEDO SAN JUAN.
APODERADO JUDICIAL: WILMER J. VILLALOBOS M., IPSA N°150.585.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JAIME BERNEDO SAN JUAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N°V-6.821.600, asistido de abogado, mediante la cual solicito se les declare a él y a sus hijas CARMEN EMILIA BERNEDO DE RAÑA Y EVELIN BERNEDO LOPEZ, Únicos y Universales Herederos respecto a la De-Cujus EMILIA LOPEZ DE BERNEDO, ex titular de la identidad N° V-10.334.136, fallecida el 07 de Septiembre de 2022, según acta de defunción N°2756, Folio 006, Tomo 12, de fecha 09 de Septiembre de 2022, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia El Hatillo, Municipio El Hatillo del Estado Miranda. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JAIME BERNEDO SAN JUAN, CARMEN EMILIA BERNEDO DE RAÑA y EVELIN BERNEDO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-6.821.600, V-5.966.816 y V-10.330.059 respectivamente en su orden, respecto a la De-Cujus EMILIA LOPEZ DE BERNEDO, ex titular de la identidad N° V-10.334.136, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los trece (13) días del mes de Marzo del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la independencia y 164° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las diez y cincuenta antes meridiem (10:50 A.M.) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
MG/NU
|