REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA

SOLICITUD: WP12-S-2023-000187
SOLICITANTE: UNAY REINALDO EDUARDO DIAZ GONZALEZ
ABOGADO ASISTENTE: DESIREE ZAMBRANO YEPEZ, IPSA N° 75.952
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano UNAY REINALDO EDUARDO DIAZ GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad N° V- 26.647.722, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus IGNACIO REINALDO DIAZ, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 3.889.519, fallecido en fecha 24/12/2022, según Acta de Defunción N° 3630 de fecha 25/12/2022, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante por lo que nada obsta para éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos UNAY REINALDO EDUARDO DIAZ GONZALEZ y YANNY FABIOLA DIAZ D´ONOFRIO, Venezolanos, mayores de edad y titular de la cedula de Identidad Nros° V-26.647.722 y V-18.142.003; respectivamente, con respecto al de-cujus IGNACIO REINALDO DIAZ, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 3.889.519, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los Nueve (09) días del mes de Marzo del año dos mil veintitrés (2023).-AÑOS. 211° de la Independencia y 163º de la Federación.-
EL JUEZ

CARLOS ALBERTO VALERO GARCIA

LA SECRETARIA

ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las Nueve y Treinta antes meridien (09:30am), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

ANDREA MARCANO


CV/AM/JRINCONES.-