REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, diecinueve (19) de mayo del año 2023
213° y 164°
ASUNTO: WP12-S-2023-000068
SOLICITANTE: MARIA ALEJANDRA OROPEZA GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-23.598.239.
ABOGADO ASISTENTE: JESÚS ALBERTO LA CRUZ MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 290.022.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA OROPEZA GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-23.598.239, asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos LEONARDO ENRIQUE OROPEZA ESCOBAR y HÉCTOR JOSÉ OROPEZA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.182.965 y, V-18.755.867, respectivamente, Únicos y Universales Herederos respecto al De-cujus HÉCTOR ENRIQUE OROPEZA GRATEROL, ex titular de la cédula de identidad N° V-6.888.424, fallecido el dieciséis (16) de julio del año dos mil veintiuno (2021), según acta de defunción N° 663, de fecha dieciséis (16) de julio del año dos mil veintiuno (2021), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil, del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA ALEJANDRA OROPEZA GUTIÉRREZ, LEONARDO ENRIQUE OROPEZA ESCOBAR y HÉCTOR JOSÉ OROPEZA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.598.239, V-24.182.965 y, V-18.755.867, respectivamente, respecto al De-cujus HÉCTOR ENRIQUE OROPEZA GRATEROL, ex titular de la cédula de identidad N° V-6.888.424, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
Años 213° de la independencia y 164° de federación.-
LA JUEZ
GLISMAR DELPINO
LA SECRETARIA
GÉNESIS CERVANTES
En esta misma fecha, siendo las once horas de la mañana (11:00 A.M) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA
GÉNESIS CERVANTES


GD/GC