REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 27DENOVIEMBRE DE 2023.-

213° y 164°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos: STELLA DE LA CONSOLACION BUENO GONZALEZ, YUDARQUI MARIBEL VIVAS JAIMES y JULIA ESTHER MONTILLA MALAVE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-10.165.769, V-25.169.182 y V-5.663.841, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos y, visto el escrito presentado por laciudadanaNELLY XIOMARA CARO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-5.674.943, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicioEMELI KARINA GARCIA SANTOS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el Nº108.886, en el cual expone que el día CATORCE (14) de AGOSTO de 2023, falleció ab-intestatosu esposo, el ciudadanoJESUS ANTONIO CASTELLANOS, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N°V-4.578.292,tal y como se evidencia de Acta de Defunción Nº 061, de fecha 14 de Agosto del 2023, expedida por la Oficina deRegistro Civil y Electoral del Municipio Guásimosdel Estado Táchira, según Certificado de DefunciónN°4393349de fecha 14-08-2023, suscrito por la Dra. Lidya Hernández, con cedula de identidad N° V-6.260.090 y MPPS N° 47599, adscrita al Hospital Militar Dr. Guillermo Hernández Jacobsen. En Consecuencia, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS:Nelly Xiomara Caro Pérez, Cesar Augusto Castellano Flórez, Jesús Manuel Castellanos Caro y Laura Ivana Castellanos Caro, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Número Nros.V-5.674.943, V-14.504.855, V-24.153.490 y V-24.153.460, respectivamente, ESPOSA E HIJOS en su orden, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causanteJESUS ANTONIO CASTELLANOS, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros-.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.

Abg. HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA

JUEZ SUPLENTE



ABG. WUENDY MONCADA
LaSECRETARIA


En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las nueve de la mañana (12:00 m.), quedando registrada bajo el N° y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


ABG. WUENDY MONCADA
LA SECRETARIA















Solicitud Nº 9493-2023
HCPD/Wm/gn.-