REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA

ASUNTO: WN11-S-2023-000116
SOLICITANTE: ROBERT ANTONIO SANCHEZ GARCIA y otros.
ABOGADO ASISTENTE: JIMMY REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 248.174,
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano ROBERT ANTONIO SANCHEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nros. V-18.534.382, actuando en su nombre y representación del ciudadano ROSME JOSE SANCHEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N°. V-20.781.900, debidamente asistidos de abogado, mediante el cual solicitan se les declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO respecto a AL De-cujus ROBERT BAUTISTA SANCHEZ, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-7.992.909, fallecido el catorce (14) de Junio del año dos mil veintitrés (2023), según acta de defunción N° 545, folio 049, tomo 3, del libro de Registro Civil de la parroquia Maiquetía, municipio Vargas, del Estado La Guaira, Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de las solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ROBERT ANTONIO SANCHEZ GARCIA y ROSME JOSE SANCHEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.534.382 y V-20.781.900, respectivamente, respecto AL De-cujus ROBERT BAUTISTA SANCHEZ, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-7.992.909, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre del año dos mil veintitrés (2023). AÑOS. 213° de la Independencia y 164º de la Federación.
EL JUEZ

ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las diez (10:00am), horas de la mañana, se registró y publicó la anterior resolución.

LA SECRETARIA,

EYLEN VILORIA



ACA/EV/MJGL.-