REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, Nueve (09) de Noviembre de 2023
213º y 164º
ASUNTO: WN11-S-2023-000885
(ASUNTO ANTIGUO: WP12-S-2023-001199)

SOLICITANTE: YENNIFER YANETTE SOSA GONZALEZ
ABOGADO ASISTENTE: JIMMY REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 248.174, Defensor Publico Provisorio Segundo (2°) con Competencia en Materia Civil, Mercantil, Transito y Agrario.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana YENNIFER YANETTE SOSA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-14.566.035, asistida de abogado, mediante la cual solicitan se le declare Único y Universal Heredero respecto al De-cujus WILLIAM ENRIQUE JAEN PEREZ, ex titular de la cedula de identidad Nro° V-4.486.037, fallecido el 22 de Abril de 2023, según acta de defunción N°040, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: YENNIFER YANETTE SOSA GONZALEZ, JOSE DANIEL JAEN SOSA, WILLIAM ENRIQUE JAEN SOSA, WILLIMER ENRIQUE JAEN SOSA y WILJENY YANET JAEN SOSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.566.035, V-27.163.520, V-27.163.521, V-31.995.656 y V-31.044.305; respecto a AL De-Cujus WILLIAM ENRIQUE JAEN PEREZ, ex titular de la cedula de identidad Nro° V-6.486.037, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los Nueve (09) días del mes de Noviembre del año dos mil veintitrés (2023).

EL JUEZ

ABG. CARLOS A. VALERO GARCIA
LA SECRETARIA,

ABG. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las Doce y treinta y ocho meridien (12:38m), se registro y publicó la anterior resolución.

LA SECRETARIA,

ABG. ANDREA MARCANO
CAVG/AM.-