REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 10 DE OCTUBRE DEL 2023.-
213° y 164°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, los ciudadanos LILIAN MILENA CHACON CARRERO, JOSÉ ALFREDO CONTRERAS BERMUDEZ Y JESÚS ANTONIO TORRES ULACIO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-9.332.176, V-9.224.320 y V-9.511.036, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos y, visto el escrito presentado por la ciudadanaMARÍA JIMENA BARRUETA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-26.068.251, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicioNILSE ELINA CARRERO FLORES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº31.399,en el cual expone que el día OCHO (08) DE JULIO DE 2023, falleció quien fuera su madre, ciudadanaMYRIAM JUANITA ROJAS CARRERO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.206.608,según como se evidencia en elActa de DefunciónNº 161, de fecha 09 de Julio del 2023, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas, estado Táchira con Certificado de Defunción Nro.4292868 de fecha 08 de Julio de 2023 expedido por la Dra. Sandy k. Guido Ch. adscrita a la Clínica de Táriba, en Consecuencia, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LAS CIUDADANAS:MARÍA LUCIA BARRUETA ROJAS y MARÍA JIMENA BARRUETA ROJAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.003.179 y V-26.068.251respectivamente, en su carácter de UNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS de la causante MYRIAM JUANITA ROJAS CARRERO, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.
Abg. HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA
JUEZ SUPLENTE
ABG. WUENDY MONCADA
La SECRETARIA
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° _____ y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. WUENDY MONCADA
LA SECRETARIA
HCPD/Wm/ic.-
|