REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA
213° y 164°
SOLICITUD: WP12-S-2023-000024
SOLICITANTE: CARMEN JOSEFINA APONTE DE RODRIGUEZ.
ABOGADO ASISTENTE: JIMMY REYES. IPSA N° 248.174.
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA APONTE DE RODRIGUEZ, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare, Únicos y Universales Herederos, a ella y a los ciudadanos CARMEN JOSEFINA APONTE DE RODRIGUEZ, WALLYS JOSE RODRIGUEZ ALFONZO, LUISA NAKARY RODRIGUEZ ALFONZO Y DAVID MAXIMILIANO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, respecto al de-Cujus MAXIMILIANO RODRIGUEZ, ex titular de la cédula de Identidad N° V-1.449.585 fallecido en fecha 05/04/2023, según Acta de Defunción N° 322 de fecha 06/04/2023, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado La Guaira. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con los solicitantes, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes, quienes fueron contestes al afirmar que conocieron al mismo y les consta el fallecimiento del causante y su relación con la peticionante. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la prenombrada ciudadana, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: CARMEN JOSEFINA APONTE DE RODRIGUEZ, WALLYS JOSE RODRIGUEZ ALFONZO, LUISA NAKARY RODRIGUEZ ALFONZO Y DAVID MAXIMILIANO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas N° V-3.610.198, V-6492.630, V-6.499.104, V-11.637.970; respectivamente con respecto al de-Cujus MAXIMILIANO RODRIGUEZ, ex titular de la cédula de Identidad N° V-1.449.585, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción del estado La Guaira, en Maiquetía, a los Nueve (09) días del mes de Octubre del año dos mil veintitrés (2023).-AÑOS. 213° de la Independencia y 164º de la Federación.-
EL JUEZ,
ABG.CARLOS ALBERTO VALERO GARCIA
LA SECRETARIA
ABG.ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las Once y Treinta y Uno antes meridien (11:31am), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ABG.ANDREA MARCANO
CAVG/AM/MA.-
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