REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
213º y 164º

ASUNTO: WP12-S-2023-000882
SOLICITANTES: CARLYBETH DAVIANA ONTIVERO VOLKERS y CARLA SABRINA VOLKERS BRITO.
ABOGADO ASISTENTE: MAGDALI ARELLANO; inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 150.731.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por las ciudadanas CARLYBETH DAVIANA ONTIVERO VOLKERS y CARLA SABRINA VOLKERS BRITO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.574.657 y V-13.572.714, respectivamente, debidamente asistidas por la abogado Magdali Arellano, abgado en ejercicio debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 150.731, mediante la cual solicitan se les declare Únicas y Universales Herederos respecto al De-cujus JOHANN DAVID ONTIVERO URDANETA, ex titular de la cedula de identidad Nros. V-12.717.903, fallecido el 20 de Agosto de 2006, según acta de defunción N° 56, del libro de Registro Civil de Defunción de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas CARLYBETH DAVIANA ONTIVERO VOLKERS y CARLA SABRINA VOLKERS BRITO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.574.657 y V-13.572.714, respectivamente, respecto al De-cujus JOHANN DAVID ONTIVERO URDANETA, ex titular de la cedula de identidad Nros. V-12.717.903, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los Veintisiete (27) días del mes de Septiembre del año dos mil veintitrés (2023).
EL JUEZ,

CARLOS ALBERO VALERO GARCIA.
LA SECRETARIA,

ANDREA MARCANO.

En esta misma fecha, siendo las Dos y cinco pasado meridien (02:05pm) se registro y publicó la anterior resolución.

LA SECRETARIA,

ANDREA MARCANO.

CAVG/AM/Jcvs.