REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones actuando en Sede Constitucional, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:

Único: Homologa el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesto por la Abogada Jenifer Mariana Bermúdez Roa, actuando con el carácter de codefensor técnico del ciudadano Alejandro Jesús Celis Rojas, en relación con la causa penal signada con el N° SP21-P-2023-013106 en contra de la Abogada Peggy María Pacheco de Araque, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de audiencias de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2.024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.

Los Jueces de la Corte,


Abogada Odomaira Rosales Paredes
Jueza Presidenta




Abogada Ledy Yorley Pérez Ramírez
Jueza de Corte

Abogado Carlos Alberto Morales Diquez
Juez de Corte– Ponente-



Abogada Alba Graciela Rojas Pulido
Secretaria


1-Amp-SP21-O-2024-000015/CAMD/Paar.-