REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
213° y 165°
EXPEDIENTE: SP01-L-2023-091

DEMANDANTE: INGRID NAYARID PACHECO FLORES, YESENIA CAROLINA SANCHEZ MOLINA, NELSY ZULAY SANCHEZ MONCADA, PEDRO ANTONIO ESCALANTE DURAN, y SANTOS RAMIREZ JAIMES, titulares de las cédulas de identidad números: V-26.852.682, 15.858.891, 26.764.095, 18.879.554 y 10.749.993, respectivamente.
APODERADO DE ACTOR: FRAN BRACHO, bajo el IPSA Nro: 195.157.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUCIONES D Y F, F.P. (LA COLMENA) y solidariamente FRANK ANTONIO RANGEL GELVES, titular de la cédula de identidad Nº: V-14.606.041.
ABOGADO DEL DEMANDADO: KARLASILENY SOSA, de IPSA Nº: 97.375.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy, jueves 11 de Abril de 2024, siendo las 10:00am, fecha y hora fijada por este juzgado para la celebración de la prolongación de audiencia, presente los abogados de ambas partes, se apertura la celebración de la misma. Seguidamente se les dio el derecho de palabra a las partes, donde expusieron sus puntos de hecho y derecho, en este estado se le concede el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fue expuso: propongo con la finalidad de dar cumplimiento a lo solicitado, que reciban las partes demandantes como pago definitivo de todo y cada uno de los conceptos demandados y reclamados, la cantidad total: DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS, lo que equivale a la fecha de hoy un monto total en Bs.101.086,92; los cuales se ofrecen cancelar en dos cuotas a cada trabajador demandante, fijados ambos pagos para todos, el día 25 de abril 2024 y la última cuota para el 15 de mayo 2024 (a cada uno por igual en ambas fechas), a saber: 1) INGRID NAYARID PACHECO FLORES son 2.800.000 pesos colombianos, pagaderos en dos cuotas iguales de 1.400.000 c/u; 2) YESENIA CAROLINA SANCHEZ MOLINA y 3) SANTOS RAMIREZ JAIMES la cantidad para cada uno de 2.000.000 pesos colombianos, pagaderos en dos cuotas iguales de 1.000.000 c/u para ambas fechas ; 4) PEDRO ANTONIO ESCALANTE DURAN, la cantidad de 2.200.000 pesos colombianos, pagaderos en dos cuotas iguales de 1.100.000 c/u para ambas fechas y 5) NELSY ZULAY SANCHEZ MONCADA la cantidad de 1.200.000 pesos colombianos, pagaderos en dos cuotas iguales de 600.000 c/u para ambas fechas; dichos pagos son para llevar a cabo el cumplimiento total del acuerdo de dicha obligación demandada. En este estado la juez instó a las partes actoras a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta
manera satisfacer la acreencia que por derecho les corresponden al pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos laborales. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Transición del Circuito Laboral del Estado Táchira; el abogado de los demandantes, manifestó que acepta conforme la propuesta realizada, en virtud a ello, este Tribunal HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes conforme al artículo 133 de la LOPT y declara que hasta tanto no se cumpla el pago total, no se ordenará el archivo, se hace entrega de las pruebas, se acuerda expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta. Es todo, termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ.

Dra. YALENA MORA.

PARTE ACTORA


PARTE DEMANDADA.


LA SECRETARÍA.
Exp. 2023-091.