REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
ASUNTO: WP12-S-2024-000274
SOLICITANTE: MARIA JOSEFINA GARCIA FERNANDEZ
ABOGADA ASISTENTE: SIMON CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 179.333, Defensor Público Auxiliar Segundo (2°) con competencia en Materia Civil, Mercantil y del tránsito.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA JOSEFINA GARCIA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.042.973, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare a ella y al ciudadano JHAN CARLOS MEDINA FERNANDEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de de identidad N° V- 16.105.856, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto al de Cujus FELIX VALOIS MEDINA DE LA ROSA, ex titular de la cédula de identidad Nro. V-4.118.259, fallecido el treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintidos (2022), según acta de defunción N° 420, folio 170, del libro de Registro Civil de la parroquia El Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital, Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA JOSEFINA GARCIA FERNANDEZ y JHAN CARLOS MEDINA FERNANDEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.042.973 y V-16.105.856, respectivamente, respecto al de Cujus FELIX VALOIS MEDINA DE LA ROSA, ex titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.118.259, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los tres (03) días del mes de Abril del año dos mil veinticuatro(2024). AÑOS. 213° de la Independencia y 165º de la Federación.
EL JUEZ
ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las once y veinte (11:20am), horas de la mañana, se registró y publicó la anterior resolución.
LSECRETARIA,
EYLEN VILORIA
ACA/EV/leydys.-
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