REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA.

ASUNTO: WP12-S-2024-000406
PARTE SOLICITANTE: FRANCISCO DAVID RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.055.196.
ABOGADO: PASCUAL NAPOLETANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.568.
MOTIVO: NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud de Notificación Judicial presentada por el ciudadano FRANCISCO DAVID RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.055.196, debidamente asistido de abogado.

Asimismo, dispone el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil:

“Si se solicitare la notificación al subarrendatario o tenedor de una finca vendida en pacto de rescate, de que debe entenderse para el pago de alquileres con el comprador, bien por estar así convenido, bien por no pagar el vendedor las pensiones de arrendamiento, el Juez hará la notificación o comisionará a un inferior para que la verifique”.

En este sentido, evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: un (01) inmueble constituido por un (01) local comercial ubicado en la planta baja del Edificio COSTA AZUL y una oficina ubicada en el primer piso, situada en la Avenida Principal del Caribe, Parroquia Caraballeda, al lado del Mc Donald, Municipio Vargas, estado La Guaira. Este Tribunal declara instruida la presente solicitud de NOTIFICACION JUDICIAL y acuerda entregar la misma a la solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, a los tres (03) días del mes de abril de dos mil veinticuatro (2024). AÑOS. 213° de la Independencia y 165º de la Federación.
EL JUEZ
ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las diez y cuarenta (10:40am), horas de la mañana, se registró y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA