REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, dos (02) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: WP12-S-2024-001713
SOLICITANTE: LEOMAR JOSE GONZALEZ APONTE, venezolano, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-13.373.181.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano LEOMAR JOSE GONZALEZ APONTE, venezolano, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-13.373.181, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas bienhechurías de su propiedad, edificadas a sus solas y únicas expensas, ubicada en La Primera Calle de Sorocaima, Cas N° 30, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado La Guaira, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas en su petición, tal y como se evidencia en el Documento debidamente autenticado bajo el Nro. 59, Tomo 62 de fecha 03/05/1993. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentra construida la bienhechuría descritas es propiedad de la ciudadana MARÍA CARMEN DOMINGUEZ, por lo que habiendo constancia en autos de los respectivos documentos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que lo conocen y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano LEOMAR JOSE GONZALEZ APONTE, venezolano, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-13.373.181, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los dos (02) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). AÑOS. 213° de la Independencia y 165º de la Federación.-.
LA JUEZ,
GLISMAR DELPINO
EL SECRETARIO
JHONNY SANTOS,
En esta misma fecha, siendo las tres post meridiem (03:28 P.M..), se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO
JHONNY SANTOS,
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