REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, veinticinco (25) de Enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
ASUNTO: WN11-S-2023-000336 ASUNTO ANTIGUO: WP12-S-2023-000608
SOLICITANTE: ANTONIO JOSE DE JESUS SERRAO.
APODERADO JUDICIAL: NILO R. ARREDONDO R., IPSA N°201.784.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano ANTONIO JOSE DE JESUS SERRAO, extranjero, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-81.866.114, asistido de abogado, mediante la cual solicito se les declare, Único y Universal Heredero respecto al De-Cujus JOSE LUIS DE JESUS SERRAO, ex titular de la identidad N° E-81.292.405, fallecido el 25 de Agosto de 2022,según acta de defunción N°264 de fecha 26 de Agosto de 2022, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano ANTONIO JOSE DE JESUS SERRAO, extranjero, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-81.866.114; respecto al De-Cujus JOSE LUIS DE JESUS SERRAO, ex titular de la identidad N° E-81.292.405, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213° de la independencia y 164° de federación.-
LA JUEZ
MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las diez y cuarenta y siete antes meridiem (10:47 A.M) se registro y publicó la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
NANCY USECHE.