REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO LA GUAIRA
SOLICITUD: WP12-S-2023-000336
SOLICITANTE: YAJAIRA ELENA ESTRADA RAMIREZ
ABOGADO ASISTENTE: PASCUAL ELIO NAPOLETANO LA CRUZ, IPSA N° 49.568
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: YAJAIRA ELENA ESTRADA RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad N° V- 4.630.033, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare, Única y Universal Heredera, respecto al de-cujus IGOR ALBERTO BLANCO AGELVIS, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 4.589.035, fallecido en fecha 18/10/2022, según Acta de Defunción N° 1989 de fecha 19/10/2022, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la YAJAIRA ELENA ESTRADA RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad Nro° V-4.630.033; respectivamente, con respecto al de-cujus IGOR ALBERTO BLANCO AGELVIS, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 4.589.035, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los Veintitrés (23) días del mes de Enero del año dos mil veinticuatro (2024).-AÑOS. 212° de la Independencia y 163º de la Federación.-
EL JUEZ
CARLOS ALBERTO VALERO GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las Once y Cuarenta y cinco (11:45am), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREA MARCANO
CV/AM/JRINCONES.-
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