REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
214° y 165°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2024-000063
PARTE ACTORA: HENRY RAUL MEDINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PRADA SANCHEZ JOSE YAMIL
PARTE DEMANDADA: BODEGON RICHARD C.A., NEIVY FELICY DUQUE CASTRO y AURELIO ANTONIO MEDINA DUEÑES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN AGUSTÍN RAMÍREZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALE Y OTROS DERECHOS LABORALEZ
En el día hábil de hoy, jueves once (11) de julio de dos mil veinticuatro, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte demandante HENRY RAUL MEDINA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-9.342.668, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. También se deja expresa constancia de la comparecencia del abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO BECERRA ALETA, inscrito en el I.P.SA. bajo el No 66.484, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandada ciudadana NEIVY FELICY DUQUE CASTRO, venezolana, mayor de edad con cédula de identidad N° V-14.903.531, en su condición de demandada solidariamente, con Sociedad Mercantil “BODEGON RICHARD C.A.” inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en la ciudad de Colón, de fecha 14 de septiembre de 2016, inscrito en el tomo 10-A bajo el Nº 118, del año 2016, representada legalmente por su presidente ciudadano AURELIO ANTONIO MEDINA DUEÑES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-16.258.930 y este último como persona natural. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ La Secretaria,
Abg. Angela Y Zambrano
APODERADO PARTE ACCIONADA
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