REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO : SP01-L-2024-000158
Visto el escrito de subsanación presentado por los abogados Miguel Ángel Parra Villamizar y Jesús Arvey Suárez Peñaloza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.183.472 y 35.429 respectivamente, en su carácter de coapoderados judiciales de la parte actora en fecha 16 de julio de 2024, mediante el cual Desiste de la demanda incoada contra el codemandado solidario ciudadano Gilvert Uvencio García Albornoz V-6.082.378, se dá por consumado el acto de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y en lo adelante la demanda se entenderá sólo contra la Empresa Intrasat Empresa de Televisión por Cable C.A. Es todo
La Juez
Abg. Ana Mercedes Mora Rivas La Secretaria,
Abog. Linda Flor Vargas