TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. ACTUANDO EN SEDE DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Capacho Nuevo, viernes 26 de julio de 2024.
214º y 165°
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO en los términos especificados en el acta de esta misma fecha, entre ALIX RAMIREZ SANTANA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de ciudadanía No.1.003.246.945, de oficio comerciante y el ciudadano EDGAR DAZA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.236.124, de oficio encargado de una cancha; domiciliados los primeros en el Sector Santa Rita de Miraflores, Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira, y el accionado con domicilio en el Sector La Popita, Municipio San Cristóbal del estado Táchira. Por cuanto lo pactado no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, garantizándose el Interés Superior de los beneficiarios de la manutención (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial), este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva.
Déjese copia digitalizada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR
ABG. PEDRO ANTONIO GÁFARO PERNÍA.
LA SECRETARIA
ABG. YORNELARY YHOELYS DAVILA GOMEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 11:50 a.m dejándose copia digitalizada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA
Exp. No. 3380-2024
PAGP/YYDG
|