REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
SOLICITUD: WN11-O-2023-000008
SOLICITANTE: ORLANDO RAFAEL RIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.053.567.
ABOGADO ASISTENTE: LOURDES CORRO, Defensora Décima Quinta Penal Ordinario en fase de Ejecución del estado La Guaira.
MOTIVO: SOLICITUD DE HABEAS DATA.
Se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, en fecha 19 de julio de 2023, oficio N° 423/2023, proveniente del Tribunal Primero de Primera Instancia Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, solicitud de HABEAS DATA, presentado por la ciudadana LOURDES CORRO, Defensora Décima Quinta Penal Ordinario en fase de Ejecución del estado La Guaira, actuando en representación del ciudadano ORLANDO RAFAEL RIVAS, venezolano, mayor de 14/08/2023, no consta actividad alguna con posterioridad a dicha actuación, por lo que este Tribunal pasa a resolver sobre la misma en los siguientes términos:

Nuestro máximo Tribunal de la República, en Sentencia de la Sala Constitucional, Exp N° 0001786, de fecha 1° de junio de 2001, ratificada el 28 de octubre de 2003, sostiene lo siguiente:
“(…) Dentro de las modalidades de extinción de la acción, se encuentra-como apunta esta Sala- pérdida del interés, lo cual puede ser aprehendido por el juez sin que las partes lo aleguen, y que tiene lugar cuando el accionante no quiere que se sentencie la causa, lo que se objetiviza mediante la pérdida total de impulso procesal que le corresponde.…”.
De las actas procesales se evidencia que la presente solicitud ha permanecido inactiva por un (01) año, sin que la parte interesada haya realizado ninguna actuación, lo que hace presumir a esta Juzgadora que la parte actora no tiene interés jurídico en que la pretensión, sea resuelta por este Tribunal, mediante la sentencia respectiva, por lo que este Tribunal debe considerar que el accionante ha perdido interés en que la solicitud sea decidida, motivo por el cual resulta forzoso para esta juzgadora declarar la Perdida de Interés en el dispositivo del presente fallo. Así se decide.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley declara; LA PÉRDIDA DEL INTERÉS DE LA PRESENTE SOLICITUD DE HABEAS DATA. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Así mismo se ordena la remisión al ARCHIVO JUDICIAL una vez vencido el lapso legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta y un (31) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024). AÑOS: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.-
LA JUEZ,

GLISMAR DELPINO
EL SECRETARIO
JHONNY SANTOS

En esta misma fecha, siendo las once y catorce horas de la mañana (11:14 A.M) se registró y publicó la anterior decisión.-

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EL SECRETARIO
JHONNY SANTOS