REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DELCIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiocho (28) de Junio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

ASUNTO: WP11-L-2023-000005.
Vista la diligencia de fecha veinte (20) de junio de 2024, suscrita por la profesional del derecho MARIA ELENA ADOCHILES, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos°263.296, en su carácter de representantes de la parte actora, mediante la cual consigna Acta de Transacción suscrita por su representado, y la apoderada judicial de la parte demandada ANA ISABEL PESCADOR MORALES, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nro° 104.936, mediante el cual dejan constancia del cumplimiento del acuerdo pactado en Acta de Audiencia de fecha quince (15) de Mayo de 2024, y solicitan el cierre y archivo judicial de la presente causa, en ese sentido, este Tribunal, por cuanto la mediación ha sido positiva, de acuerdo a lo establecido en el aparte TERCERO del Acta antes mencionada, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al acuerdo alcanzado por las partes, dándole efecto de COSA JUZGADA y declara terminado el proceso, de conformidad con los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y 19 de la Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. En consecuencia, se ordena el cierre y remisión al archivo judicial, por cuanto consta en autos la devolución de las pruebas aportadas. Líbrese los oficios. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ


Abg. MARIANGELA CLARETH FIGUEROA ESTABA


EL SECRETARIO


Abg. DARWING CASTILLO

ASUNTO: WP11-L-2023-000005.
MCFE/DC-