REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
SOLICITUD: WP12-S-2024-000947
SOLICITANTE: YANEGDA JOSEFINA MARCANO NARVAEZ
ABOGADO ASISTENTE: JUAN GONZALEZ, IPSA. N° 30.010.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana, YANEGDA JOSEFINA MARCANO NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.421.832, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare a ella, y a las ciudadanas, JANECSI DEL CARMEN MARCANO NARVAEZ y YANELLYS DE DIOS MARCANO NARVAEZ, como Únicos y Universales Herederas, respecto al de-cujus FLORENCIO ANTONIO MARCANO MATA, ex titular de la cédula de Identidad N° V-3.487.341, fallecido en fecha quince (15) de abril del año dos mil doce (2012), según Acta de Defunción N° 446, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Porlamar, Municipio Mariño, del estado Nueva Esparta. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de las solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas, YANEGDA JOSEFINA MARCANO NARVAEZ, JANECSI DEL CARMEN MARCANO NARVAEZ y YANELLYS DE DIOS MARCANO NARVAEZ, Venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 15.421.832, V-11.644.840 y V- 11.644.839, respectivamente, con respecto al de-cujus, FLORENCIO ANTONIO MARCANO MATA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024).-AÑOS. 214° de la Independencia y 165º de la Federación.-
EL JUEZ,
ABG ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
ABG. EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las diez y quince (10:15am), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. EYLEN VILORIA
ACA/EV/RL.-
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