REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
213º y 165º
ASUNTO: WP12-S-2024-000256
SOLICITANTE: MARIA ANTONIA DELGADILLO.
ABOGADA ASISTENTE: MARIAN HENRIQUEZ, Defensora Publica Provisoria Primera (1°) con Competencia Civil, Mercantil y Transito, inscrita en el inpreabogado bajo el N°170.971.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA ANTONIA DELGADILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.063.655, asistida de abogada, mediante la cual solicita se le declare Única y Universal Heredera respecto al De-Cujus TOMAS MANUEL HERNANDEZ DELGADILLO, ex titular de la identidad N° V-17.154.695, fallecido en fecha 02 de Mayo de 2004, según acta de defunción N°54, Folio 054, de fecha 06 de Mayo de 2004, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARIA ANTONIA DELGADILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N°. V-5.063.655, respecto al De-Cujus TOMAS MANUEL HERNANDEZ DELGADILLO, ex titular de la identidad N° V-17.154.695, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los dieciocho (18) días del mes de Marzo del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213° de la independencia y 165° de federación.-
LA JUEZ
ABG. MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,
ABG. NANCY USECHE.
En esta misma fecha, siendo las diez y nueve (10:09 A.M.) se publicó y registro la anterior resolución.
LA SECRETARIA,
ABG. NANCY USECHE.
MG/NU
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