REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 24 DE MAYO DEL 2024.-
214° y 165°
PARTE SOLICITANTE: OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número Nº V-5.683.945, domiciliado Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira.
ABOGADO ASISTENTE: YULYMAR DELGADO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.037.888, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 175.482.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Por auto de fecha 21 de mayo de 2024 (fl. 20) se admitió la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por el ciudadano OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES, asistido por la YULYMAR DELGADO RUIZ.
A los folios 21 al 26 rielan declaraciones de los ciudadanos URBINA CARMEN NOHELIA, CONTRERAS ALTAMIRANDA MILEN IRAIMA y CONTRERAS ALTAMIRANDA GUSTAVO.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
La presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS fue interpuesta interpuesta por el ciudadano OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES, asistido por la YULYMAR DELGADO RUIZ.
Así las cosas, oídas como han sido las declaraciones de los testigos, los ciudadanos URBINA CARMEN NOHELIA,, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-9.210.436, CONTRERAS ALTAMIRANDA MILEN IRAIMA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-9.241.816, y CONTRERAS ALTAMIRANDA GUSTAVO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-14.606.125, en su orden, tal como se evidencia en los folios 21 al 26, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, y, visto el escrito presentado por el ciudadano OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES, asistido por la YULYMAR DELGADO RUIZ, en el cual expone que el día DOCE (12) DE MARZO DE 2.024, falleció quien fuera su cónyuge la Ciudadana: MARÍA JOSEFINA HEVIA SUAREZ quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.660.510, según se evidencia de Acta de Defunción Nº 202, de fecha 12 de marzo de 2024, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según certificación de defunción 4542262 fecha 12-03-2024, expedida por la Abg. Karen Jhoset Carmona Contreras en su carácter de Registradora del Registro Civil del Municipio San Cristóbal. En Consecuencia, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número Nº V-5.683.945; JULIO CESAR ALTAMIRANDA HEVIA Venezolano, titular de la cedula de identidad V-30.297.748; OMAR ALEJANDRO ALTAMIRANDA HEVIA, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-27.567.140, cónyuge e hijos(a) en su orden, en su carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARIA JOSEFINA HEVIA SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.660.510, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.
Abg. JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA
JUEZ PROVISORIA
ABG. WUENDY MONCADA
La SECRETARIA
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las nueve de la mañana (09: a.m.), quedando registrada bajo el N°______y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. WUENDY MONCADA
LA SECRETARIA
…Solicitud Nº 9650-2024
JQ/Wm/yn.-
Quinen suscribe ABG. WUENDY MONCADA, Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: la autenticidad la autenticidad de la sentencia Nº _____ la cual es traslado fiel y exacto de su original que corre inserta en la solicitud Nº 9650-2024, cuya solicitante es: OMAR HUMBERTO ALTAMIRANDA COLMENARES MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Táriba, Veinticuatro (24) de Mayo del año dos mil veinticuatro.
ABG. Wuendy Moncada
SECRETARIA
Solicitud Nº 9650-2024
JQ/Wm/yn.-
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