REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
SOLICITUD: WP12-S-2024-000427
SOLICITANTE: FELIPA ESTELITA LADERA DIAZ
ABOGADO ASISTENTE: JIMMY REYES, IPSA. N° 248.174
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana, FELIPA ESTELITA LADERA DIAZ, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare a ella, y a sus hijos, DEIVI LEONARD GONZALEZ LADERA y NEWMAN ARGENIS GONZALEZ LADERA, como Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus LUIS ALBERTO GONZALEZ BLANCO, ex titular de la cédula de Identidad N° V-5.091.431, fallecido en fecha doce (12) de diciembre del años dos mil quince (2015), según Acta de Defunción N° 329, de fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil quince (2015), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de las solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, FELIPA ESTELITA LADERA DIAZ, DEIVI LEONARD GONZALEZ BLANCO y NEWMAN ARGENIS GONZALEZ LADERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-5.093.907, V-13.827.915 y V- 14.567.295, respectivamente, con respecto al de-cujus LUIS ALBERTO GONZALEZ BLANCO, ex titular de la cédula de Identidad N° V-5.091.431, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado La Guaira, en Maiquetía, a los dos (02) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).-AÑOS. 214° de la Independencia y 165º de la Federación.-
EL JUEZ,
ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las nueve (09:00am), horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
EYLEN VILORIA
ACA/EV/RL.-
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