REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, seis (06) de mayo de dos mil veinticuatro (2024).-
Años: 214° y 165°
ASUNTO: WP12-S-2024-000611
SOLICITANTE: MAILYN MARIANA CARBONELL SOSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-22.283.363.
ABOGADO ASISTENTE: GLORIMAR NACARI GALINDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 208.299.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MAILYN MARIANA CARBONELL SOSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-22.283.363, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a ella Única y Universal Heredera respecto al De-cujus ZENDA MARINA SOSA GUANCHEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V-4.429.308, fallecida el día veintinueve (29) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), según acta de defunción N° 182, Folio N° 184, de fecha veintinueve (29) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de las solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MAILYN MARIANA CARBONELL SOSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-22.283.363, respecto al De-cujus ZENDA MARINA SOSA GUANCHEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V-4.429.308, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los seis (06) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).
Años 214° de la independencia y 165° de federación.-
LA JUEZ


GLISMAR DELPINO

EL SECRETARIO,


JHONNY SANTOS

En esta misma fecha, siendo las diez y treinta y dos horas de la mañana (10:32 A.M), se registró y publicó la anterior decisión.

EL SECRETARIO,


JHONNY SANTOS

GD/JS