REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
SOLICITUD: WP12-S-2024-001548
SOLICITANTE: MOISES RAMON DIAZ COVA
ABOGADO ASISTENTE: GLORIMAR NACARI GALINDO, ipsa N°. 208.299.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano MOISES RAMON DIAZ COVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 13.826.679, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a él y a su hermana, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto al de-Cujus ROSA MERCEDES COVA BOZA, ex titular de la cédula de Identidad N° V-3.890.916, fallecida en fecha veintiocho (28) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), según Acta de Defunción N° 3441, Folio N°191, tomo 14, de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador, del Distrito Capital. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MOISES RAMON DIAZ COVA, CAROLINA CECILIA DIAZ COVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.826.679 y V-13.826.678, respectivamente, con respecto al De-Cujus ROSA MERCEDES COVA BOZA, quien en vida fuese titular de la cédula de Identidad N° V-3.890.916, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción del estado La Guaira, en Maiquetía, a los trece (13) día del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).-AÑOS. 214° de la Independencia y 165º de la Federación.-
EL JUEZ,
ABG. ALEXANDER CASTILLO ARAUJO
LA SECRETARIA,
ABG. EYLEN VILORIA
En esta misma fecha, siendo las once (11:00am), horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. EYLEN VILORIA
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