REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

ASUNTO: WP12-S-2024-001785

SOLICITANTE: MARIO JOSE PINEDA SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-10.707.700, asistido por la abogada MARCIA ERAZO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 52.474, en su carácter de jefa de la Oficina de Asesoramiento al Justiciable, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
MOTIVO: COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE MATRIMONIO.
Mediante escrito presentado por el ciudadano, antes identificado, en el cual solicitó COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE MATRIMONIO, perteneciente al Libro de Matrimonio llevado por ante el Extinto Juzgado de la Parroquia Maiquetía del Departamento Vargas del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Tribunal Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil, Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira), durante el año 1969, la cual corre inserta bajo el N°25, cuyas partes son: FRANCISCO JOSÉ PINEDA ZARRAGA Y BETTY DEL CARMEN SILVA; certificada como fue por la Secretaria de este Tribunal la petición requerida por el ciudadano antes identificado, se declara RESUELTO ESTE ASUNTO y se ordena la devolución de estas actuaciones al peticionante. Es Todo.
Dado, sellado y firmado en el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).-
LA JUEZA,


ABG. MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,


ABG. NANCY USECHE.


MG/NU