REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, 16 de octubre de 2024
214 y 165°
ASUNTO: SP01-L-2024-000164
PARTE ACTORA: CLEIVER STEVE RAMIREZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad
identificado con la cédula Nº V-13.972.440.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA, URIEL YVAN MARIN BECERRA Y ELIZABETH COROMOTO RAMIREZ CARRILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 195.157,63.399 y 159.871 en su orden.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “TELECOMUNICACIONES Y MANTENIMIENTO C.A (TELMACA)”, representada por el ciudadano MARCOS GERARDO FUENMAYOR PEREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la
Cédula Nº V-4.746.472 y solidariamente a la Sociedad Mercantil TELEFONICA VENEZOLANA C.A., representada por la ciudadana SHIRLEY CARVAJAL ALVARADO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula Nº V-17.370.310.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANDRE OSMANI VENEGAS CHACON, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 71.436 “TELECOMUNICACIONES Y MANTENIMIENTO C.A (TELMACA)” y por la Sociedad Mercantil TELEFONICA VENEZOLANA C.A., FRANCISCO ADOLFO RODRIGUEZ NIETO, MONICA RANGEL VALBUENA, JORGE ISSAC JAIMES LARROTA, JUAN PABLO DIAZ OSORIO, FRANCISCO EDUARDO RODRIGUEZ MARQUEZ, ANDRES ELOY CARRILLO VILLAMIZAR Y MARIANA COROMOTO GUERRERO LAGUADO, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nor. 26.199, 97.381, 122.806, 140.533, 160.550, 122.871, 222.553 y 115.792, en su orden
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 16 de octubre de 2024, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar de prolongación, comparecen por ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el abogado FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 195.157, apoderado judicial del ciudadano CLEIVER STEVE RAMIREZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad identificado con la cédula Nº V-13.972.440, parte demandante y por la parte demandada la entidad de trabajo Sociedad Mercantil TELECOMUNICACIONES Y MANTENIMIENTO C.A (TELMACA)”, representada por su apoderado judicial abogado ANDRE OSMANI VENEGAS CHACON, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 71.436 y solidariamente a la Sociedad Mercantil TELEFONICA VENEZOLANA C.A., representada por sus coapoderados judiciales ANDRE OSMANI VENEGAS CHACON Y MONICA KARINSKA RANGEL VALBUENA, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nos. 71.436 y 97.381, en su orden. Como consta en poderes notariados presentados en este acto para su certificación. Una vez iniciada la Audiencia, discutidos todos y cada uno de los puntos, tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin al presente proceso han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: Las partes dan por terminado el proceso mediante el pago de la suma de MIL DOLARES AMERICANOS (USD 1.000,00) que queda a deber al demandante, a saber de la siguiente manera: PRIMERO: La cantidad de MIL DOLARES AMERICANOS (USD 1.000,00) los cuales serán cancelados el día 17/10/2024. SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo en este mismo acto se hace entrega de la pruebas consignadas por las partes: 1) La parte demandante presento escrito de pruebas constante de tres (03) folios útiles y tres (03) folios útiles anexos, y 2) La parte demandada Sociedad Mercantil TELECOMUNICACIONES Y MANTENIMIENTO C.A (TELMACA)” presentó escrito de pruebas constante de cuarenta y dos (42) folios útiles y treinta y tres (33) folios útiles anexos y por la parte demandada solidaria Sociedad Mercantil TELEFONICA VENEZOLANA C.A., presentó escrito de prueba constante de nueve (09) folios útiles y sesenta y dos (62) folios útiles anexos. Se ordena expedir dos copias certificadas de la presente acta a solicitud de las partes. No se ordena el archivo el presente expediente.-
LA JUEZ


Abg. Haydee Alexandra Soto P,



El demandante



Apoderada de la parte demandante, Apoderado de la parte demandada






LA SECRETARIA