REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, quince (15) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).-
Años: 214° y 165°
ASUNTO JURIS: WN11-S-2024-000106
ASUNTO PRINCIPAL: WP12-S-2024-001735
SOLICITANTE: SUIL AIVEL DEL VALLE RASSE ESCALONA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.323.514.
ABOGADO ASISTENTE: GABRIEL LUQUE, Defensor Público Auxiliar Segundo (2°) con competencia Civil, Mercantil y Tránsito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 269.839.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana SUIL AIVEL DEL VALLE RASSE ESCALONA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.323.514, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a los ciudadanos GERALLDDYNNE DOLORES CALDERON ESCALONA, MAYERLING GELUE CALDERON ESCALONA, YOSELING LISOLETTE CALDERON DE ROMERO, MERVIN STALING CALDERON ESCALONA y SIUL AILUJ RASSE ESCALONA venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.576.028, V-11.060.788, V-11.060.798, V-11.636.631 y V- 17.959.613, respectivamente, Únicos y Universales Herederos respecto al De-cujus JULIA ELVIA ESCALONA BLANCO, ex titular de la cédula de identidad N° V-3.611.013, fallecida el día veinte (20) de agosto del año dos mil veinte (2020), según acta de defunción N° 1417, Folio 167, de fecha veinte (20) de agosto del año dos mil veinte (2020), la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado La Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SUIL AIVEL DEL VALLE RASSE ESCALONA, GERALLDDYNNE DOLORES CALDERON ESCALONA, MAYERLING GELUE CALDERON ESCALONA, YOSELING LISOLETTE CALDERON DE ROMERO, MERVIN STALING CALDERON ESCALONA y SIUL AILUJ RASSE ESCALONA venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.323.514, V-10.576.028, V-11.060.788, V-11.060.798, V-11.636.631 y V- 17.959.613, respectivamente, respecto al De-cujus JULIA ELVIA ESCALONA BLANCO, ex titular de la cédula de identidad N° V-3.611.013, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024).
Años 214° de la independencia y 165° de federación.-
LA JUEZ
GLISMAR DELPINO
EL SECRETARIO,
JHONNY SANTOS
En esta misma fecha, siendo la una y cuarenta y nueve horas de la tarde (01:49 P.M), se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
JHONNY SANTOS
GD/JS
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