JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 28 de abril de 2025.-
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Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencias presentadas en fecha 23 de abril de 2025, por la abogada MARIAN LE BOULENGE MANRIQUE, titular de la cédula de identidad N° V-7.144.497, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 241.308, parte demandante, y el abogado ORLANDO PRATO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.620.637, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.973, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano MEDARDO VIVAS VANEGAS, contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 24 de marzo de 2025, se admite a trámite el mismo por cuanto la cuantía de la presente demanda cumple para ejercer recurso de casación, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, verifica esta juzgadora que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, esto es: se trata de una sentencia definitiva, los recurrentes tiene interés procesal porque le fue adverso lo decidido y finalmente por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 23 de abril de 2025. Se deja expresa constancia que el día 25 de abril de 2025, vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación, y hoy 28 de abril de 2025, se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de: noviembre y diciembre del año 2024 y de enero a abril de año 2025. Practíquese lo ordenado. Se insta a las partes recurrentes aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N° 0530-068.
La Juez,
Abg. María Luisa Pino García.
La Secretaria,
Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora
Exp. 8251-24
MLPG/MRCR
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