REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 28 de enero de 2025.

214º y 165º

Vista la diligencia de fecha 27 de enero de 2025, inserto en el folio (99), se presentó por ante este Tribunal, el ciudadano Abogado, CARLOS ENRIQUE MORENO, con Inpreabogado bajo el Nro. 103.137, en su condición de apoderado judicial, del ciudadano MARTIN ALEXANDER DIAZ VILORIA, venezolano, mayor de edad, con número de cédula V.- 12.349.622, con domicilio en la Población de Coloncito. Municipio Panamericano del Estado Táchira, tal como se evidencia en el Instrumento, Poder APUD-ACTA de fecha 24 de septiembre de 2024, inserto en el folio (96), actuando con el carácter de DEMANDANTE, mediante la cual SOLICITA se ordene el DESISTIMIENTO del procedimiento de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES, este Tribunal observó que; él actor expuso: “…Desisto del presente procedimiento … ”. Así las cosas, revisado como ha sido, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el DESISTIMIENTO, lo HOMOLOGA en los términos presentados y le otorga el CARÁCTER DE SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA,.- conforme a lo solicitado, en consecuencia se da por TERMINADO el presente juicio. Así se establece.-







Abg. MSc. José Agustín Pérez Villamizar
Juez Provisorio
Abg. Roland Delgado Rojas
Secretario (T)
JAPV/zeud
Exp N° 23596-24