TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, SEIS (06) DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICUATRO (2024).

214° y 165°

Visto el contenido del escrito de fecha 04 de diciembre del 2024, presentado por el abogado JUAN JOSÉ PAREDES CASIQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 306.505, en su carácter de apoderado de la parte demandante en la presente causa, por una parte y por la otra, el abogado JUAN PABLO DIAZ OSORIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 306.505, en su carácter de apoderado de la parte demandada, mediante el cual celebran ACTO DE COMPOSICIÓN VOLUNTARIA, respecto al cumplimiento de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 01 de abril del 2024, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.- JUEZA PROVISORIA.-ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ MALDONADO.- SECRETARIO.- En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 11:30 de la mañana, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.- ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ MALDONADO.- SECRETARIO
Exp. 20451.- MCMC/nm. - El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, certifica que la presente copia es traslado fiel y exacto de su original el cual cursa en el expediente civil Nº 20451 INTENTADA POR LOS CIUDADANOS MARICELLY MEJIA DE CARRILLO Y JOGLY CLEIVER CARRILLO BORRERO CONTRA LOS CIUDADANOS GERARDO FILIPPI SOLÓRZANO Y MARIA SOL UZCATEGUI DE FILIPPI POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA VENTA. San Cristóbal, seis (06) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).



ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ MALDONADO
SECRETARIO