JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, VEINTICINCO (25) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025).-
215º y 166º
Vista la diligencia de fecha 23 de junio de 2025, suscrita por el abogado SANDRO ALEXANDER RAMÍREZ ANDRADE, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 146.993, en su carácter de apoderado de la parte demandante, mediante la cual solicita aclaratoria de la sentencia de fecha 28 de mayo de 2025, el Tribunal para providenciar lo solicitado observa lo siguiente:
Solicita que se corrija en la sentencia de fecha 28 de mayo de 2025, el nombre de la parte demandante, por cuanto la determinación subjetiva de la demandante contiene un error material, ya que en la sentencia se identificó con el nombre: ”JHOANNA SMITH PARRA ROMERO”, siendo lo correcto señalar en sus datos personales: “JOHANNA SMITH PARRA ROMERO”.
En tal virtud, este Tribunal haciendo uso de las facultades que le confiere el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de no lesionar los derechos e intereses personales del solicitante, ACLARA la decisión de fecha 28 de mayo de 2025, y modifica la determinación subjetiva de la demandante siendo que lo correcto es que en cada oportunidad que se mencionó en la referida decisión en los siguientes términos: “JHOANNA SMITH PARRA ROMERO” se tenga como “…JOHANNA SMITH PARRA ROMERO…”.
Vista igualmente la diligencia antes señalada, en base a lo solicitado, este Tribunal acuerda entregar el original del documento de compra venta (F.08) que se encuentra en la caja fuerte de este Juzgado, y se acuerda una copia certificada del presente auto.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia de fecha 28 de mayo de 2025.- LA JUEZA SUPLENTE (Fdo) ABG. LETTY CAROLINA CASTRO DE MOSQUERA.- EL SECRETARIO (Fdo) LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ. HAY SELLO HÚMEDO DEL TRIBUNAL. En la misma fecha, siendo las 12:00 del medio dia, se dictó y publicó la anterior decisión y se dejó copia certificada de la misma para el archivo del Tribunal. EXP. 21151.- Sin enmienda.- EL SECRETARIO (FDO) LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ. Hay Sello Húmedo Del Tribunal.- El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de Conformidad con lo Establecido en el Artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, Certifica: que las Anteriores Copias Certificadas son Traslado Fiel Y Exacto de los Documentos que Cursan en el Expediente Civil N° 21151 incoada la demanda por la ciudadana JOHANNA SMITH PARRA ROMERO en contra de La Sociedad Mercantil “ALFREANA C.A”, Representada por los ciudadanos: 1.)ASTRID MARÍA GONZÁLEZ DE SALGAR, con el carácter de Directora Principal; y 2.) EYMAR GONZÁLEZ HINOJOSA, con el carácter de director suplente, POR RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO. SAN CRISTÓBAL VEINTICINCO (25) DE JUNIO DE 2025.
|