Con base en los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la petición realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, en el sentido, de que se le designe Defensor al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA, en el caso llevado por la Fiscalía 17ª del Ministerio Público bajo el Nº 20F17-027-07.
SEGUNDO: EL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA DESIGNA, como su DEFENSOR al ABOGADO ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, en el caso llevado por la Fiscalía 17ª del Ministerio Público bajo el Nº 20F17-027-07, a tenor de lo establecido en los artículos 656 y 657 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: REMÍTANSE las presentes actuaciones.....