En base a todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JUAN CARLOS AYALA MORA, en contra de la Sociedad Mercantil DAFILCA LOS ANDES C.A, por Reenganche y Pago de Salarios Caídos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.