este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los cónyuges LUC MANUEL MONTER ZUBER y ROCIO AMPARO RAMIREZ DE MONTER, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.709.335 y V-11.503.242 y hábiles, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Macuto del Municipio Vargas del Estado Vargas, Acta No. 08, de fecha 22 de enero de 1993.